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La Representabilidad del Genocidio

Aletheia, volumen 2, número 4, julio 2012. ISSN 1853-3701

Artículo/Cardona González en PDF

Lorena Cardona González*

UNLP/MHyM

2011

La Plata, Buenos Aires

lorenacardonagonzalez@gmail.com

 

                                                                                         

Resumen: el presente artículo intenta hacer una aproximación histórica y analítica al fenómeno del Genocidio, sus implicaciones sociales y culturales que dieron como resultado la reformulación analítica y conceptual de hechos que hasta entonces superaban el conocimiento y la moral humana. De este modo, se hace un trayecto histórico de la paulatina aparición del asesinato masivo como practica de Estado, enmarcado en las experiencias del genocidio armenio y el alemán. A su vez, se hace una mirada sobre las posibilidades de representación dadas en el marco histórico e intelectual sobre el genocidio y finaliza con el replanteamiento jurídico al que este crimen condujo, llevando a una nueva tipificación de los delitos internacionales y de lesa humanidad.

Palabras claves: Genocidio, Representabilidad, Responsabilidad, Raphael Lemkin.

 

NO SERÁ LA PRIMERA VEZ

El 24 de abril de 1915 abrirá un oscuro momento en la historia del siglo XX, en medio de los acontecimientos desarrollados por la Primera Guerra Mundial, las autoridades otomanas detuvieron a 250 armenios dirigentes de la comunidad armenios en Estambul, la mayoría de ellos fueron ejecutados de forma inmediata. A partir de aquel suceso el Gobierno de los Jóvenes Turcos emprendería la persecución y expulsión de la colectividad armenia del Imperio Otomano. Con ello millones de personas fueron expulsadas de sus casas y forzadas a atravesar cientos de kilómetros sin alimentos y sin agua. Tales hechos fueron caracterizados por la brutalidad, la arbitrariedad, el asesinato y el desplazamiento forzoso de población en condiciones extremas, situación que causó la muerte a muchos de los deportados. Sin miramientos a mujeres y niños, también las violaciones y los abusos sexuales estuvieron presentes en lo que se ha de configurar el primer intento, pero no el último de destruir a un grupo humano en el siglo XX.

Ante estos hechos el New York Times comienza con el cubrimiento de la noticia, publica 145 notas en 1915, en donde habla de “masacres”, “carnicería” y “atrocidades” turcas en contra de los armenios, los relatos eran aportados por misioneros, oficiales de la Cruz Roja, sobrevivientes de las ejecuciones masivas. Para Julio un corresponsal del diario observaba: “puede decirse con certeza que a menos que se ponga de rodillas a Turquía muy pronto, no quedarán más cristianos en el Imperio Otomano” (Power, 2005:3); el 7 de octubre de ese mismo año un titular cita: “se calcula entre 800.000 los armenios exterminados” (Power, 2005:3), La Cámara de los Lores manifestaba que “ciertos crímenes que ni siquiera ahora, en la convulsión de una gran guerra, la opinión pública del mundo estará dispuesta a tolerar” (Power, 2005:3). Organismos gubernamentales y no gubernamentales condenaron tales atrocidades y manifestaron su carácter no comparable en épocas modernas, lo único cierto era que los turcos habían iniciado una de las prácticas más incomprensibles de la historia reciente, el aniquilamiento de todo un pueblo a manos del poder.

Con el fin de la guerra, se comenzaron a plantear no solo los elementos de una indemnización y de una reconstrucción de Europa, al mismo tiempo, se empezaron a dar las bases acerca de la responsabilidad y culpabilidad de las naciones Alemanas, Austriacas y Turcas por los abusos y violaciones a las leyes de la humanidad. No obstante, la posibilidad de condenar o castigar delitos sobre un principio universal de justicia no solo era poco usual sino que se inscribía dentro de un marco interpretativo y jurídico por demás novedoso. El fundamento era un principio afincado en la soberanía, en la cual la esencia de la misma, es sobre todo la ausencia de responsabilidad.

 

Años después, el 14 de marzo de 1921, Berlín será escenario de otro crucial suceso:

Un armenio de 24 años se acercó en silencio, por detrás a un hombre grueso de abrigo gris que caminaba con su bastón. El armenio Soghomón Tehlirián, le apuntó con un revolver a la cabeza y apretó el gatillo al tiempo que gritaba: “¡Esto es para vengar la muerte de mi familia 34 !”. (…) Tehlirián el asesino armenio, fue aprehendido enseguida. Mientras los transeúntes lo golpeaban con puños y llaves, gritó en su mal alemán: “Yo extranjero, yo extranjero. Esto no lastimar Alemania… nada que ver con ustedes”. Era justicia nacional en un escenario internacional. Tehlirián acababa de asesinar a Talaat Pasha, exministro de Interior de Turquía, quien se dedicó a liberar a ese país de su “problema” armenio quien dirigió la matanza de casi un millón de personas (Power, 2005: 31).

¿Cómo se configura una responsabilidad por la barbarie? ¿Existe un imperativo, un orden, un precepto que evite tales acontecimientos de arbitrariedad estatal? ¿Qué tipo de categorías o elementos interpretativos son adecuados para analizar hechos que están fuera de la comprensión científica, precisamente por lo vasto de su accionar moral? Es en medio de las cuestiones acerca de la historia del siglo XX donde se vienen a reconsiderar y sobre todo a re-nominar los fundamentos de la sociedad misma inscrita en un nuevo escenario, el escenario de lo inconcebible, de lo insondable, en el horror que rompe con los esquemas habituales de pensamiento y arroja una estela de nuevos desafíos para las ciencias de lo humano.

Cuando históricamente se comienza a pensar en términos del Estado-Nacional occidental, claramente se aborda una acepción de un nuevo régimen fincado en la modernidad, fruto de constantes revoluciones burguesas que sobre la base del territorio y la identidad nacional han derrocado el anterior orden feudal y le han dado paso a una organización territorial, con una población definida, que gira entorno a un gobierno que posee limites espaciales donde ejerce un poder, ese poder es ante todo soberanía.

Después del asesinato de Taalat Pasha, Rafael Lemkin (1) un judío polaco de 21 años, estudiante de lingüística de la Universidad de Lov, encuentra en un diario polaco la noticia, cuestionado por los hechos se preguntó por qué el pueblo armenio no había emprendido una acción para detener al líder otomano, la respuesta que encontró fue tan convincente como ilógica, no existía ninguna ley que contemplara que tal acción fuese un delito. Cuando procuró otra respuesta, un profesor de su universidad le explicó: “piensa en un granjero que tiene un gallinero. Si mata a las gallinas, eso es asunto de él. Si usted se mete, invade su propiedad” (Paez Maecha, s. f.).

 

El fundamento de la soberanía nacional era tan vasto como para contener a todo una población y tan exiguo que bajo ella se acogían una cantidad de gobernantes que detentaban no solo la potestad de gobernarla sino que al mismo tiempo tenían poder legítimo de eliminarla,  para Lemkin la “soberanía significaba conducir una política interior y exterior independiente, construir escuelas, hacer caminos… todo tipo de actividad dirigida al bienestar popular. La soberanía no puede considerarse como el derecho a matar millones de inocentes” (Martin, 1981). Pero eran los Estados, sobre todo los fuertes, quienes hacían las reglas.

En el año de 1933, Lemkin con otra formación y con otros objetivos asiste en Madrid a la Conferencia de Abogados Criminalistas, allí advierte - según los acontecimientos vistos en Turquía y posteriormente en la escalada de violencia en la Alemania de Weimar-, un ambiente propicio para que se hicieran posibles mayores males; es así como el ascenso de Hitler al poder comienza a observarse como un proceso de carácter popular sustentado en planteamientos peligrosos para comunidades y minorías. Cuestiones como el espacio vital, el nacionalismo exacerbado y la decadencia del derecho como entidad reguladora de los estados, vendrían a plantear un panorama incierto para la humanidad de aquel entonces. Las advertencias de Lemkin estaban dadas en el sentido de evitar que hechos como el de los armenios se llegaran a repetir, la propuesta era que hubiese una unidad mundial que se empeñase en prohibirlas.

Sin embargo, el modo en el que el gobierno nazi y sus políticas actuaban, mostraban claramente el propósito de desplazar y eliminar a ciertos grupos humanos que entraban en franca contradicción con el ideario racial alemán, para Alfred Rosenberg –filósofo oficial del nazismo- era claro que “la historia y la misión del futuro ya no significaban la lucha de una clase contra otra, la lucha del dogma de la Iglesia contra el dogma, sino el conflicto entre sangre y sangre, raza y raza, pueblo y pueblo.” Dentro de esta dinámica, eran inciertos y a la vez vacíos los esfuerzos por incorporar dentro de un ordenamiento internacional un delito que iba más allá del daño a un individuo, sino que irrumpía en la estabilidad de la colectividad en la cual ese individuo se hallaba inserto.

Esta claro que ninguna advertencia fue tan conmovedora para impedir lo que habría de pasar años después en el contexto de otra guerra y con otros objetivos poblacionales, pero con magnitudes sin precedentes. Un nuevo exterminio daba la cara a la historia, esta vez eran los judíos, asesinados por el Estado nazi Alemán, en una sociedad vigilante de las leyes, con un estructura burocrática fuerte, una economía en ascenso, con el despliegue de sus fuerzas productivas de la mano de la industria y la técnica, pero sobre todo esto sucedió en un Estado moderno.

 

NADIE LES VA A CREER

El 20 de noviembre de 1945 la Fiscalía del Tribunal Militar Internacional presentó una acusación en contra de 24 líderes nazis, ésta fecha abrirá lo que comúnmente se conoce como los Procesos de Nüremberg, en los cuales se buscaba sancionar las responsabilidades de los líderes, funcionarios y colaboradores del régimen Nazi encabezado por Aldolf  Hitler acerca de los crímenes y atropellos en contra de la humanidad cometidos en nombre del III Reich, las sanciones se considerarían desde el comienzo de las hostilidades a partir de la invasión a Polonia el 1 de septiembre de 1939 hasta la caída del régimen datada en mayo de 1945.

La acusación sustentaba que la mejor prueba para castigar a los criminales de guerra nazis era la documentación que el régimen había producido de sí mismo. Las condenas se darían en los términos de sus acciones y con sus mismas palabras. A pesar, de los grandes esfuerzos que en medio del declive de la guerra el régimen nazi intentó por destruir todos sus documentos: fotografías, videos y demás registros, los ejércitos aliados durante la conquista de Alemania recuperaron millones de documentos, en los cuales, se consignaban las acciones y disposiciones del gobierno Alemán acerca de los Estados ocupados, entre ellos se encontraban: las estrategias de guerra, los grupos de asalto y de asesinato sistemático, el traslados de prisioneros a campos de concentración y sobre todo el tratamiento que éstos dieron en los últimos años de la guerra a la población concentrada, lo que se conocería finalmente como “la solución final”.

Dentro de la indagatoria, el Tribunal Militar Internacional tomó como prueba la proyección de una película titulada "Los campos de concentración nazis". Mas allá del efecto devastador que produjo en la audiencia las imágenes de la industriosa crueldad del régimen alemán, esta fue la primera vez que tal acontecimiento era traído de modo visual a una esfera pública y judicial.

Sólo después de los juicios y de la aparición de algunos testimonios de sobrevivientes de los campos de concentración, se comenzó a creer y a dimensionar el horror producido en la guerra. 30 años después de la matanza armenia, aparecía nuevamente a los ojos del mundo otra barbarie multitudinaria bajo el manto de la soberanía y dentro de las dramáticas dinámicas del conflicto; cuando la gente no terminaba de concebir que le había sucedido al mundo después de una guerra arrolladora y aplastante, el crimen sistemático daba un reporte desolador; la cifra de seis millones de personas asesinadas en medio de las condiciones más extremas y aberrantes, arrojaba un panorama muy oscuro que cambiaría por completo la forma en la cual se concebía al hombre, al Estado y al conflicto.

Los miedos de Rafael Lemkin como de muchos otros refugiados se hicieron realidad, las acciones, denuncias, revelaciones, comunicaciones de muchos judíos y ciudadanos comprometidos con los padecimientos de las comunidades en medio del conflicto fueron omitidas, nada fue suficiente para evitar la masacre de millones de personas en la guerra ¿Por qué no se hizo nada a tiempo? ¿Qué se necesitaba para creer que todos estos hechos estaban pasando? ¿Cuántos muertos eran suficientes para accionar una alerta, para emprender una ayuda? ¿Qué esquema, qué categoría, qué concepto bastaba para representar el horror?

Las primeras noticias acerca del exterminio nazi se comenzaron a difundir hacia el año 1942. Dentro de su vaguedad y evanescencia se perfilaba la matanza desproporcionada de personas, con una crueldad sin límites, con motivos muy poco claros, que la mayoría de las personas asumieron como rumores y sospechas, nadie podía creer que esto fuese posible, no había una herramienta disponible para comparar tal horror.

Como afirmaba Primo Levi, “es significativo que éste rechazo hubiese sido confiadamente previsto por los propios culpables; muchos sobrevivientes recuerdan que los soldados de la SS se divertían en advertir cínicamente a los prisioneros: “De cualquier manera que termine ésta guerra, la guerra contra vosotros la hemos ganado, ninguno de vosotros quedará para contarlo, pero incluso si alguno lograra escapar el mundo no lo creería, Tal vez haya sospechas, discusiones, investigaciones de los historiadores, pero no podrá haber ninguna certidumbre, porque con vosotros serán destruidas las pruebas. Aunque alguna prueba llegase a subsistir, y aunque alguno de vosotros llegara a sobrevivir, la gente dirá que los hechos que constáis son demasiado monstruosos para ser creídos: dirán que son exageraciones de la propaganda aliada, y nos creerán a nosotros, que lo negaremos todo, no a vosotros. La historia del Lager, seremos nosotros quien la escriba” (Levi, 1989)

A principios de 1942, Jan Karski, sacerdote católico, se disfrazó de judío poniéndose una Estrella de David en el brazo, se deslizó por un túnel a uno de los guetos de Varsovia. En medio del horror que le produjo tal grado desolación declaró lo siguiente:

"No era un cementerio porque los cuerpos se movían, aunque aparte de la piel, los ojos, la voz, no existía nada de humano en esas palpitantes figuras. Por todas partes había hambre, miseria, la atroz pestilencia de cuerpos en descomposición, los lastimeros gemidos de los niños agonizantes, los gritos desesperados de un pueblo que mantenía una espantosa y desigual lucha por la vida". Un infierno creado por el hombre. Los líderes judíos lo dejaron claro: "Los alemanes no intentan esclavizarnos como hacen con otros pueblos, estamos sistemáticamente exterminados. Esa es la diferencia... Creen que exageramos, que somos unos histéricos, pero millones de judíos están condenados al exterminio. Toda la responsabilidad gravita sobre las potencias aliadas". Aquel era el mensaje que debía transmitir al mundo: "La victoria de los aliados en un año, en dos, en tres, no nos servirá de nada porque ya no existiremos". (Luzan, 2011)

Posteriormente, logró entrar en Belzec, campo de exterminio nazi cerca de la frontera polaco-ucraniana, vestido como un miliciano ucraniano, allí recorrió el predio y vio la llegada de cientos de deportados, describía que el olor a carne quemada era muy fuerte y que un hombre con uniforme obligaba a los prisioneros a entrar en autos que posteriormente eran conducidos a las cámaras de gas.

Finalizando el año 1942 Karski escapó hacia Inglaterra portando consigo cientos de documentos microfilmados ocultos en la ranura de una llave. Intentó comunicarse con Churchill pero sus intentos fueron inútiles, como última medida se presentó ante la Comisión de Acusaciones de las Naciones Unidas y nuevamente no fue oído: "Ante ellos relaté cuanto había visto en el gueto de Varsovia y en el campo de exterminio de Belzec. Pronto me di cuenta de que no comprendían ni el exterminio ni a la Resistencia polaca" (Luzan, 2011).

Para ese momento Rafael Lemkin había comenzado a formar parte de una comunidad anónima de testigos clandestinos y frustrados. Szmul Zygielbojm otro judío polaco hacia reclamos similares a los de Karski, esta vez era el Departamento de Guerra de los Estados Unidos quien no daba ninguna respuesta, posteriormente en mayo de 1942 tomó la decisión de redactar un informe ante el Consejo Nacional Polaco de Londres, en el cual documentaba las terribles condiciones en las que se encontraba la parte ocupada de Polonia y hacia un claro énfasis del plan de exterminio de Hitler.

El informe buscaba despertar en los lectores algún tipo de conciencia acerca de los acontecimientos que se estaban desarrollando en Polonia, Lituania y Rumania, habían descripciones acerca de los vehículos que transportaban el gas que sería usado para matar a un promedio de 1000 personas, también contemplaba el propósito alemán de exterminar a todos los judíos de Europa. La cifra que aportaba en aquel escrito circundaba a unas 700.000 personas y a su vez advertía de las millones de personas que aun corrían peligro. El mismo informe, instaba al gobierno Polaco para que hiciera una petición a los gobiernos aliados para que frenaran tal situación, propuso que los mismos bombardeos que se hicieran en Alemania llevaran la consigna no sólo de la guerra sino de la liberación inmediata de los prisioneros, lanzando volantes en medio de suelo alemán para que estos supieran que su inhumanidad no era tolerable. 

Finalmente el 26 de Junio de 1942 la BBC difundió éste mensaje: “Me tiemblan las manos. No puedo escribir. Tenemos los minutos contados. Solo el Señor sabe si nos volveremos a ver. Escribo y lloro. Mis hijos están gimiendo. Quieren vivir. Te bendecimos. Si no recibes más cartas mías sabrás que ya no estamos vivos” (Luzan, 2011). Esta era una carta escrita por una judía a su hermana en un gueto, el mensaje estaba en yiddish, Zygielbojm fue quien lo leyó.

 

REPRESENTAR EL HORROR

Por medio de mi muerte deseo expresar mi más sentida protesta por la inactividad con que el mundo observa y consciente el exterminio de los judíos. Conozco el poco valor que tiene la vida humana, en especial hoy en día. Pero como fui incapaz de lograr nada durante mi vida, acaso mi muerte contribuya a minar la indiferencia de aquellos que si pueden y deberían actuar (Power, 2005:73)

El 12 de mayo de 1943 Szmul Zygielbojm redactó una nota de suicidio al corroborar la noticia del aplastamiento del levantamiento en el gueto de Varsovia, ésta era la última súplica que haría para denunciar la apatía. La línea final daba a entender que quizá Zygielbojm “tal vez había logrado más con su muerte que con su vida”. La verdad nunca pudo modificar el quehacer de los Estados y mucho menos impedir la barbarie.

¿Qué elementos componen el horror que guardan una faz tan disruptiva que se hacen incomprensibles para los sujetos? El horror es ante todo una categoría a la que el hombre no se halla plenamente habituado por más común que sea su ejercicio y su forma de mostrase en la historia, lo que resulta novedoso es la forma en la cual se expresa que siempre guardará un cariz de originalidad vulgar, cuando se hace una acercamiento a temas tan desgarradores desde la acepción de Traverso, hay algo que queda por saber: la imposibilidad de representarlo, de crear en torno a él un espacio de enunciación posible que dé cuenta de las formas como se sustenta en la realidad.

Habermas marca la singularidad de Auschwitz:

Allí en Auschwitz sucedió algo que hasta ahora nadie había pensado siquiera que era posible. Allí se alcanzó a tocar algo que representa la capa más profunda de solidaridad entre todo aquello con rostro humano; a pesar de todos los habituales actos de bestialidad de la historia humana, siempre se había dado por sentado que esa capa común era algo sólido. (…) Auschwitz ha alterado las bases para la continuidad de las condiciones de vida en la historia (Friedlander, 2007).

Es en esta medida que hechos como el Holocausto pasan a ser ámbitos sin enunciación y como éste jamás hizo parte del acervo de la sociedad, su posibilidad de pensarlo, incluso resulta a su vez insoslayable. El aspecto de lo “increíble” de los sucesos afirmaría Geoffrey Hartman desafía el pensamiento redentor, puesto que su accionar fue tan amenazador, que la desconfianza llegó incluso a los sobrevivientes y se sumó al silencio del mundo. A los sobrevivientes cuando les vuelve el habla, dos frases se destacan de sus testimonios: “Estuve allí” y “No podía creer lo que había visto” (Friedlander, 2007:44).

Esta esfera de incredibilidad contradice la directriz que domina la existencia de todos aquellos que sobrevivieron del Holocausto que es: rescatar la memoria. La necesidad crucial de relatar y narrar era sobre todo, hacer que los demás se hicieran participes de la palabra y pudieran contar éstas historias a los demás y así sumar voces a aquello que les había sucedido; para Primo Levi será “el carácter de un impulso inmediato y virulento” que compite en grado casi “con las otras necesidades elementales”(Levi, 2003:9), no obstante muchos sabían que por más grande que fuera su esfuerzo ninguna expresión sería tan resonante como para dejar al menos un principio aleccionador, los mismos Estados clausuraron sus narrativas acerca de los acontecimientos de la Shoá y el exterminio; muchos años después de la guerra el tema seguiría siendo molesto y por ende marginal del debate académico.

Por el contrario, como afirma Saul Friedlander la cuestión de los límites de la representación del nazismo como de sus crímenes se ha vuelto un tema recurrente en la actualidad, precisamente porque se ha dejado atrás el intento de no nombrarlo para recurrir por esa vía a la excusa y a la justificación de los hechos, insiste claramente, que los crímenes del nazismo implican un tratamiento distinto, puesto que ponen a prueba las tradicionales categorías y conceptos con los cuales se representa un “suceso límite”. Lo que convierte a la solución final en un hecho sin precedentes, es el ser la forma más radical de genocidio que encontramos en la historia: “el intento voluntario, sistemático, industrialmente organizado y ampliamente exitoso de terminar por completo un grupo humano, en el marco de la sociedad occidental en el siglo XX” (Traverso, 2001:86).

Hannah Arendt incluso afirmará la novedad de éste fenómeno, puesto que éste va mucho más allá de las masacres y las violencias conocidas en la historia desde la antigüedad, debido a que trasciende “no sólo la imaginación humana, sino también los marcos y las categorías del pensamiento y la acción política”(Traverso, 2001:84). Como acontecimiento nuevo, Auschwitz será para Arendt un hecho inconcebible, no obstante reconocerá en ésta realidad su afirmación histórica situándola en el contexto del imperialismo que gradualmente aportó las condiciones necesarias para que se produjera semejante acontecimiento. Como muchos otros contemporáneos, ella  admitía que su primera reacción ante la noticia del exterminio de millones de personas fue la incredulidad. Sin embargo, cuando tuvo la certeza, aseveraba que “fue realmente como si el abismo se abriese ante nosotros” (2), pese a todo lo visto y escrito, veinte años después, el fenómeno le seguía pareciendo inconcebible: sus esfuerzos de racionalización no podían colmar ampliamente la enorme sombra que había dejado en la humanidad.

El horror es en algún punto insondable agrega Arendt, porque no se puede dar cuenta de las especificidades que éste mismo despliega, esto en cierto punto es lo que lo vuelve incomprensible y va a insistir en la idea del carácter perverso del alma humana, una maldad inefable que rebasa la comprensión y por ello la representación (Friedlander, 2007). Su clave interpretativa acerca de la naturaleza de este crimen será esa alianza infernal entre el “cientifismo” que reivindicaba el nazismo- en su forma racial- y la “eficacia de la técnica moderna” ilustrada en las instalaciones de la muerte, todos estos factores componen los rasgos distintivos de Auschwitz que culminan en su Modernidad, los mismos, que prefiguran una perspectiva nodal sobre el nazismo y sobre el genocidio.

Éste carácter moderno posibilita un esquema de representación para entender éste nuevo tipo de crimen, un crimen sui generis, en tanto que carece de antecedentes y que no sólo desafía a la ciencia sino que también exige una nueva moralidad política que permita comprenderlo, con categorías que sobrepasen el sentido común, puesto que, las tradicionales categorías de conceptualización y representación devienen insuficientes, como el lenguaje mismo es incluso problemático para abordarlo.

Para François Lyotard Auschwitz implica un nuevo desafío:

Se nos exige que juzguemos los efectos filosóficos, literarios, políticos, históricos y morales de las diversas formas de hablar o de no hablar de “eso” (la Shoá), y sin embargo no tenemos los sistemas de creencias o de saber, ni las reglas, ni la certeza histórica, ni los conceptos filosóficos o políticos necesarios para deducir o determinar un juicio. Si para Lyotard (y para Kant) la falta de criterios decisivos es lo que caracteriza el “campo político” y el campo estético en general, dicha indeterminación cobra especial significado cuando se trata de la Shoá, ese caso extremo del saber y del sentir, ante el que los sistemas de creencias y de pensamiento y todas las formas de expresión literaria y artística, parecen irrelevantes, e incluso criminales (Friedlander, 2007:26).

En este orden de ideas, será el mismo Lyotard quien vaya a demostrar la imposibilidad de un discurso univoco e integrado tanto desde la historia como desde la política para pensar Auschwitz. Los múltiples actores y sus diversas narrativas hacen del acontecimiento una unidad excluyente, por lo tanto, cualquier intento de consenso es de por si imposible, empero esto no implica su incomprensión. La indeterminación y la insuficiencia que Auschwitz plantea, Lyotard las va enunciar por la vía de una interesante metáfora: la de un terremoto capaz de destruir todos los instrumentos de medición. Dado que ya no habría posibilidad alguna de establecer una evaluación precisa, “científica” de dicho sismo, los investigadores podrían llegar a decir que no se enteraron de nada (Friedlander, 2007:27). Pero para el hombre común, no obstante:

Quedaría en el recuerdo la compleja sensación de que ha ocurrido algo indefinido: (…) el silencio que los crímenes de Auschwitz le impone a los historiadores una señal para la gente ordinaria. Las señales no son referentes validables según un régimen cognitivo, sino que indican que algo que se debería poder poner en palabras no se puede formular con los conceptos en circulación (Friedlander, 2007:77).

Para Hayden White la cuestión intrínseca que trae el Holocausto es su irrepresentabilidad dada en la lógica del mismo lenguaje. Acontecimientos como Auschwitz y la solución final “escapan al poder de cualquier lenguaje para describirlo o cualquier soporte para representarlo”. En otras palabras, el mundo que arroja Auschwitz se sitúa por fuera del discurso y por ende excede los límites de la razón, con ello, no se pretende afirmar que es imposible abordarlo, pero Auschwitz al ubicarse como un espacio liminal de la razón, exige un tratamiento distinto.

Como suceso “moralmente extremo”, según la afirmación de Berel Lang, el genocidio más allá de ser un suceso real, es un suceso literal, que obra como un paradigma y en donde su naturaleza dispone de perspectivas literales de enunciación. De hecho Lang escribe que: “si alguna vez hubo un hecho “literal” y por encima de toda formulación alternativa, ese es el genocidio nazi” (Friedlander, 2007). Por tanto, cuando se plantea la crítica sobre los diversos tratamientos del Holocausto, la intención de White es claramente poner en discusión el apego a las construcciones realistas, puesto que ellas redundarían en la perdida de objetividad que el Holocausto requiere.

El acercamiento científico de lo inconcebible plantea interesantes desafíos a la historia y al lenguaje, en la medida en que la realidad histórica y lingüística son distintas. Si el Holocausto fue fruto de la modernidad y del despliegue de la razón, esa razón y esa modernidad a modo de hechos quedaron desbordadas en sus connotaciones internas. De tal modo, que una elaboración epistemológica posible al genocidio, demanda replantear incluso la forma de abordaje del objeto histórico mismo como del sujeto, que inserto en una nueva realidad debe reordenar el orden social y fundamentar las categorías más idóneas que no obliteren la realidad pero que tampoco la justifiquen.

Posturas tales como “la escritura intransitiva” de Lang o “la voz media” de White, vendrían a poner en consideración el dilema acerca de los “relatos posibles” dentro del discurso histórico sobre el Holocausto. Si la pretensión es hacer una mirada objetiva de “acontecimientos límites”, cualquier relato debe evitar caer en la figuración, afirma Friedlander. Escapar de los entramados o de las formas literarias de representación es una tarea que pone al escritor y al texto en una nueva posición que atraviesa las formas tradicionales de escritura. En este sentido, la solución no es encontrar una distancia que anule completamente al lector-escritor, por el contrario, que el escritor pueda poner lo indecible en situación y no sólo establecer un relato, sino que también pueda “escribirse a sí mismo”. El ejercicio de la escritura intransitiva de Lang, por ejemplo hace explicita una intersubjetividad que no impone descripciones, sino que configura relatos en forma de acción lingüística.

Esta relación que el sujeto tiene con la acción, en términos de lenguaje, ubica las posiciones sintácticas, es decir, sitúa tanto al sujeto que habla como al objeto del que se habla, -tanto sujeto y objeto histórico- aquí la voz activa y la voz pasiva son insuficientes dentro de la visión de White debido a que las dos condicionan al hablante y a la acción. De esta forma, introducir una “voz media” dejaría la posibilidad de hallar al hablante o en este caso al historiador dentro de la acción, dejando de lado: el subjetivismo, los puntos de vista, las dudas, las recurrencias vivenciales y monológicas y sobre todo lo situaría en una temporalidad específica.

En esta doble vía de análisis darían las herramientas que posibilitarían una aproximación a la realidad objetiva del Holocausto, una realidad entendida en clave histórica, en donde se haga un tratamiento no sólo del pasado que el acontecimiento inscribe, sino que porte al presente una comprensión a las consecuencias que los “hechos límites” plantean en la modernidad. 

Sin embargo, ¿Qué cuota de realismo y objetividad exige el Holocausto? ¿Qué ha de hallarse en el hecho? ¿Una verdad histórica? O ¿un sentido posible sobre el acontecimiento?

Hay que tener en cuenta que las posturas objetivas del Holocausto plantean exigencias y desafíos particulares, uno de ellos es que la objetividad implica una tarea ardua y problemática, puesto que al evitar cualquier forma de proyección o de personalismo, se saca al sujeto de la comprensión del acontecimiento. El Holocausto fue único porque produjo un efecto peculiar en la gente que tiene una relación específica con el hecho, así que pensar el Holocausto sin subjetividades es abordarlo sin la multiplicidad de sentidos que produce.

Quienes realmente pueden hacer una mirada real al Holocausto son aquellos que lo vivieron y pudieron hacer un relato sobre sus vivencias, aquí es donde se pone en consideración la postura de Ginzburg y su recurrencia al testimonio. ¿Qué importancia tiene el testimonio para poder representar el Holocausto?

El testimonio hace parte de las connotaciones dadas al genocidio, dentro de esa misma lógica cristiana y latina donde se ha dado una relevancia crucial al relato, debido al carácter episódico que éste enmarca. Un hecho es real porque alguien lo vivió y está presente para contarlo. El testimonio incluso, pone un margen de acción dentro de la verdad histórica y la verdad jurídica; para la historia implica que el acontecimiento tiene interlocutores que ayudan a construir no sólo “un relato” sino un sentido posible, y para la acepción jurídica, el testimonio se constituye como una prueba que ayuda a establecer responsabilidades y condenar una conducta moralmente reprochable.

Evidentemente, Ginzburg afirma que la “ley y la historia, al parecer, tienen reglas distintas y cimientos epistemológicos diferentes; ése es el motivo por el cual no se pueden transformar sólidamente los principios legales a la investigación histórica” (Friedlander, 2007: 138). No obstante, el Holocausto a parte de las implicaciones científicas y morales que propuso, también implicó que en aras de la verdad, la historia y lo jurídico cruzaran caminos.

Por ejemplo para Foucault, en la sociedad hay múltiples sitios donde se forma la verdad, en donde se establecen reglas de juego, y a partir de las cuales pueden surgir ciertas formas de “subjetividad, dominios de objetos y tipos de saber” (Foucault, 1998), por lo tanto, se pueden construir diversas verdades, una verdad histórica del Holocausto que se enmarca como un nuevo tipo de saber y una verdad jurídica del Holocausto donde se pone en tensión las implicaciones subjetivas y éticas del hecho.

Claramente, la práctica histórica busca establecer una representación del genocidio como reconstrucción y comprensión posible del acontecimiento, las formas en la que expresa sus narrativas hablan de los hechos y de los sujetos. De otro lado, las prácticas jurídicas, que surgieron después del Holocausto buscaban arbitrar los daños y las responsabilidades del régimen nazi, los Juicios de Nüremberg sobre todo, definieron las maneras en que han de ser juzgados los sujetos en función de los errores que cometieron y las formas de reparación y castigo de sus acciones. En este orden de ideas, los sucesos límites no sólo desafían la representación que se hace de ellos, sino que incluso la verdad sobre los sucesos varía porque la historia convoca a las modificaciones. Las formas en que se determinan los tipos de saberes o las formas como se condenan la conductas guardan la relación de como los hombres construyen representaciones y verdades.

Así como un hecho históricamente novedoso, obligaba a hacer una nueva construcción epistemológica en la historia, también un hecho moralmente repudiable exigía una construcción jurídica que le diera cabida al hecho, no como acontecimiento sino como cosa juzgada inscrita en la lógica del carácter procesal.

Bajo esta perspectiva analítica, los debates en torno a la representación son una condición de posibilidad a la hora de comprender al genocidio, no sólo como categoría histórica sino como categoría jurídica, porque fue el derecho quien introdujo el concepto, que luego paso a ser moneda corriente en las ciencias sociales e incluso en la vida cotidiana. Evidentemente, la solución final exigía poner en palabras un hecho con nuevos conceptos y nuevas formas de pensar, y es allí donde la palabra Genocidio se ubica como una forma de comprensión y de representación.  Su relevancia no se encuentra sólo en que se haya convertido en un concepto eficaz de circulación, sino que el genocidio en términos de representación surgió primero como una forma de juzgar la conducta y luego paso a ser una forma de compresión de los acontecimientos.

Antes del Holocausto, los conceptos disponibles eran exiguos en tanto que, como categorías morales y jurídicas, éstos no evitaron que sucedieran los hechos, e incluso esos mismos conceptos fueron las condiciones de posibilidad del horror, es por ello que, con los elementos cognitivos vigentes era imposible comprender una realidad nueva, era allí donde lo moral y jurídico debían trascender, y donde se debía poner éste crimen más allá de la catástrofe judía, pues su alcance había irradiado a la civilización y a la humanidad en su conjunto.

De allí parte la noción jurídica de “crimen contra la humanidad” concepto esgrimido durante los juicios de Nüremberg que contemplaba a las “fábricas de la muerte” como un crimen cometido sobre los cuerpos de los individuos. Sin duda alguna afirma Arendt, los judíos tienen motivos para elevar un acta de acusación contra los alemanes, con la condición de no olvidar nunca que entonces hablan en nombre de todos los pueblos de la tierra (Traverso, 2001:84). Si la destrucción de grupos humanos es un asunto de interés internacional, entonces tales actos deben tratarse como crímenes bajo la ley de las naciones y cada Estado debe tener la capacidad de tomar jurisdicción sobre tales actos independientemente de la nacionalidad del criminal y del lugar donde el crimen sea cometido.

TAN SOLO UNA PALABRA

 “Había numerosas luces en la gran sala. Las galerías estaban colmadas y los delegados mostraban aspecto solemne y radiante. La mayoría me sonrió con amabilidad. John Foster Dulles (3) me dijo de un modo algo formal que yo había hecho una contribución importante al derecho internacional. El ministro de Relaciones Exteriores de Francia [Robert] Schumann, me dio las gracias, diciendo que se alegraba de que el acontecimiento tuviera lugar en Francia. Sir Zafrullah Khan comentó que esta nueva ley debería llamarse la “Convención de Lemkin”. En ese momento se votó la resolución sobre la Convención sobre Genocidio. Alguien sugirió que se tomara lista de los presentes. El primer voto fue de la India. Luego de su voto afirmativo hubo una serie interminable de “síes”. Siguió un aplauso tempestuoso. Sentí frente a mí el destello de las máquinas fotográficas […] El mundo sonreía, y yo tenía una sola palabra en respuesta a todo eso: gracias” (4).

El horror de la Segunda Guerra Mundial y las conductas inhumanas pusieron en evidencia hasta dónde podía llegar el hombre en sus pretensiones y la posibilidad del aniquilamiento total de la especie humana. Era necesario, entonces, llenar el vacío jurídico en relación a la protección de grupos humanos que padecieron el horror nazi, en tanto la discusión tropezaba con los principios de la “soberanía nacional” pues, hasta entonces, los Estados no estaban atados al cumplimiento de obligaciones internacionales y tampoco existía una legislación internacional que permitiera, a otros Estados, intervenir en casos como estos. Se impuso entonces, la apremiante necesidad de que el dogma de la “soberanía” cediera para brindar protección, no sólo al individuo sino a los grupos humanos.

A pesar de que Lemkin hizo presencia en los Procesos de Núremberg para que los acusados fueran condenados por genocidio, sólo logró que las acusaciones incluyeran cargos por “crímenes contra la humanidad”, el genocidio apareció como una categoría que tipificaba la conducta (5) – era la primera vez que se escuchaba la palabra genocidio en un espacio internacional-; pero finalmente se decidió que los actos cometidos antes de que estallara la guerra no eran delitos punibles.

En ese momento comprendió la necesidad de la formular un concepto legal que prohibiera y castigara los” actos repugnantes y terribles” cometidos por un gobierno sobre sus propios ciudadanos, para utilizar las palabras del Tribunal de Núremberg, no quedaran sin castigo en el futuro. Fue en ese momento en donde, Lemkin decidió encontrar un término que describiera ataques a todos los aspectos de la nacionalidad: tanto físicos, biológicos, sociales, culturales, económicos y religiosos. Este término tendría que abarcar no sólo el exterminio en escala masiva sino también los demás medios de destrucción de Hitler: “deportaciones masivas, restricción de procreación al separar hombres y mujeres, explotación económica, desnutrición progresiva y la supresión de los intelectuales que hacían las veces de dirigentes nacionales”.

“Asesinato masivo” era un concepto inadecuado, porque no cobijaba la motivación intrínseca del crimen. La “desnacionalización”, concepto que intentaba describir la tentativa de anulación de una nación por la vía de la destrucción de la personalidad cultural, tampoco era suficiente. Finalmente, surgieron conceptos tales como “alemanización”, “magiarización” y otros términos específicos que abordaban el asunto de la asimilación forzosa de una cultura, mas no contemplaba un sentido universal puesto que no tenía como correlato la destrucción biológica.

Lemkin veía la necesidad de hallar una palabra que no tuviera cabida en otro contexto, como eras las expresiones “barbarie” o “vandalismo” su novedad era acuñar una palabra que pudiera describir éste crimen “de la manera más breve y aguda posible”. La palabra que eligió era una mezcla que combinaba el prefijo griego Geno, que quiere decir “raza” o “tribu”, con el sufijo latino Cidio, de Coedere, “matar”. “genocidio” era una expresión original que no daba la posibilidad de confusiones o asociaciones erróneas, era fácil de pronunciar y se hallaba en directa relación con los horrores hitlerianos, generaría el efecto repulsivo que la misma arbitrariedad criminal había producido después de la guerra, éste fue el primer intento de poner en palabras para el ámbito jurídico la representación del horror.

 

Lemkin desplegó el concepto dándole dos acepciones al término genocidio:

El primero, la destrucción de los patrones de nacionalidad del grupo oprimido; segundo, la imposición de los modelos nacionales propios del opresor. Esta imposición, por su lado, podrá llevarse a cabo sobre la población oprimida que sobreviva, o sobre el territorio solamente, luego del traslado de sus habitantes y la colonización del área por miembros del grupo opresor (Lemkin, 2005).

Asimismo, agregaba, que no era necesario el exterminio físico de un grupo para infligir genocidio. Bastaba que se le despojase de todo rastro de identidad nacional. “lleva siglos y a veces milenios la creación de una cultura natural, pero el genocidio puede destruir una cultura en forma instantánea como el fuego destroza a una edificio en una hora” (Power, 2005:76).

El genocidio ocurría solo cuando podía demostrarse que sus propulsores, como en el caso de Hitler, tenían la intención de exterminar hasta el último miembro de un grupo étnico, nacional o religioso. Insistía en la que la rápida aceptación de genocidio por parte de los lexicólogos y de la humanidad era el “testimonio social de la presteza del mundo a enfrentar éste crimen” (Paez Maecha, s.f.).

Lemkin supuso que su mayor fuerza era que las grandes potencias estaban listas tanto para aplicar la palabra como para evitar que el hecho tuviese lugar. En ninguna forma, una expresión limita la conducta -muchos genocidios han pasado después del Holocausto- pero al menos permite nombrar el mundo y contenerlo hasta que otro suceso obligue a relaborar las categorías en las que se expresa la realidad. En este sentido, la lucha de Lemkin como la de muchos intelectuales y promotores de Derechos Humanos no fueron en vano. El 2 de septiembre de 1998, el Tribunal Internacional para Ruanda dictó la primera sentencia condenatoria por el crimen de genocidio (Paez Maecha, s. f.). El acusado era Jean Paul Akayesu, quien fue condenado a cadena perpetua al encontrársele culpable de los cargos de genocidio, instigación directa y pública a cometer genocidio y  tres cargos de homicidio intencional, de exterminio, de tortura, de violación y de otros actos inhumanos como crímenes de lesa humanidad.

 

Notas:

(1)   Raphael Lemkin (24 junio de 1900 - 28 agosto de 1959)  Abogado polaco de origen judío. Mejor conocido por su trabajo en contra del genocidio.

 

(2)   (Traverso, 2001: 105) Arendt admitía haber cambiado su opinión sobre el “mal radical”: “Actualmente-escribía-, mi opinión es que el mal nunca es “radical”, que es sólo extremo, y que no posee ni profundidad ni dimensión demoniaca. Puede invadirlo todo y arrasar el mundo entero precisamente porque se propaga como un hongo. Como he dicho “desafía el pensamiento” porque el pensamiento intenta alcanzar el fondo, llegar a las raíces, y en el momento que se ocupa del mal queda frustrado porque no encuentra nada. Esa es su “banalidad”. Sólo el bien tiene profundidad y puede ser radical”.

 

 

(3)   (Power, 2005) El 9 de diciembre de 1948, la Asamblea General votó y aprobó la Convención para la prevención y sanción del genocidio; por primera vez las Naciones Unidas adoptaba un tratado sobre derechos humanos.

 

 

(4)   (Power, 2005: 76) Se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal: (a) Matanza de los integrantes del grupo; (b) Lesión grave a la integridad física o mental de los integrantes del grupo; (c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; (d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo; (e) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo.

 

(5)   La palabra “Genocidio” se incorporó a la Encyclopédie Larousse francesa en 1953. El Oxford English Dictionary Incluyó “Genocidio” por primera vez en la actualización de 1955 a la tercera edición, en su sección de “Addenda and Corrigenda”.

 

BIBLIOGRAFIA

FOUCAULT, Michel. (1998) La verdad y las formas jurídicas. Estados Unidos: Editorial Gedisa. 13-33p. ISBN 9788474320909.

 

FRIEDLANDER, Saul. (2007). En Torno a los Límites de la Representación. El Nazismo y la Solución Final. Bernal: Universidad Nacional de Quilmes.44p.ISBN. 978-987-558-129-6.

 

LEVI, Primo. (2003) Si esto es un hombre. Editorial El Aleph. 9-10p. ISBN. 84-96333-72-8.

 

­­­­­­­­­­­__________. (1989) Los Hundidos y los Salvados. Barcelona: Muchnik Editores. 475p. ISBN. 9788476693810.

 

LUZAN, Julia. “Este hombre quiso parar el Holocausto”. 2011,02,27. El País. Disponible en. http://www.elpais.com/articulo/portada/hombre/quiso/parar/Holocausto/elpepusoceps/20110227elpepspor_5/es (consulta realizada el 10 de octubre de 2011)

 

MARTIN, James. (1981). Raphael Lemkin y la invención del genocidio. The Journal of Historical Review, vol. 2, no. 1. 19-34pp. ISSN: 0195-6752.

 

PAEZ MAECHA, Gonzalo Rodrigo. (s.f)  Raphael Lemkin, Padre De La Convención Sobre Genocidio”. The International Raoul Wallenberg Foundation. Diponible en. http://www.raoulwallenberg.net/es/holocausto/articulos-65/genocidio/raphael-lemkin-padre/ (consulta realizada el 10 de mayo de 2012).            

 

POWER, Samantha. (2005). Problema Infernal: Estados Unidos en la era del Genocidio. Buenos Aires:  Fondo de Cultura Económica. ISBN. 9789681674854.

 

TRAVERSO, Enzo. (2001). La historia desgarrada: ensayo sobre Auschwitz y los intelectuales. Barcelona: Herder. 86p. ISBN. 9788425421365

 

 

*Lorena Cardona González es socióloga de la Universidad de Caldas (Colombia) e Investigadora actual del Grupo de Trabajo Académico en Pensamiento Ambiental adscrito al Instituto de Estudios Ambientales IDEA de la Universidad Nacional de Colombia sede Manizales. Como pasante investigativa en la Universidad Javeriana Cali (Colombia) dentro del grupo de Investigación “Estado, Sociedad y Democracia” desarrolló su monografía de grado titulada: “Desmembrando un Proyecto de Nación: el enfrentamiento regional Cauca-Antioquia en el marco del Estado Federal (1855-1886). Actualmente es Estudiante activa de la Maestría en Historia y Memoria de la Universidad Nacional de La Plata.

 

 

 

 

 

 

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