Doctorado en Ciencias Antropológicas- Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Buenos Aires
El doctorado en Ciencias Antropológicas se dicta en el ámbito de la Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De dicha secretaría dependen otras áreas para el desarrollo de estudios doctorales, como son: Arqueología, Bibliotecología y Documentación, Ciencias de la Educación, Filosofía, geografía, Historia, Historia y Teoría de las Artes, Letras Clásicas, Lingüística y Literatura.
El objetivo principal del doctorado es brindar herramientas teóricas y metodológicas que permitan que el/la doctorando/a realice de un investigación que signifique una contribución original al conocimiento de la especialización científica y tecnológica elegida. Este trabajo constituirá su tesis de Doctorado.
Los/as aspirantes al doctorado deberán presentar un proyecto de investigación para realizar en un plazo máximo de 6 años. El proyecto debe contar con Director/a y Consejero/a, siendo opcional la figura del/ de la codirector/a.
El tema y Plan de Tesis deberán ser presentados a la Comisión de Doctorado para su consideración y eventual aprobación por el Consejo Directivo, con el consentimiento del Director de Trabajo de Investigación y Plan de Tesis propuesto y una explicación de éste acerca de los medios disponibles para ser realizado, indicando el lugar donde se llevará a cabo la investigación. El trabajo de tesis deberá ser inédito y original.
Los/as aspirantes aceptados/as para cursar el Doctorado de la Universidad deberán aprobar Cursos o Seminarios especiales para graduados/as desarrollados por la Universidad de Buenos Aires u otras Instituciones Nacionales o extranjeras. Dichas actividades se planificarán de modo que puedan ser cumplidas en no menos de un (1) año.
Los/as aspirantes deberán presentar una certificación en la que se acredite que han dado cumplimiento a la realización de cursos o a la participación en Seminarios.
Una vez cumplidos al menos 50% de los requisitos, el doctorando deberá presentar el Plan de tesis definitivo, con la aprobación fundada del director. La Comisión de Doctorado evaluará el mismo, y si lo considera necesario, podrá solicitar al doctorando las modificaciones pertinentes como paso previo a su aprobación. La Comisión podrá solicitar el asesoramiento de evaluadores externos a esta casa de estudios.
El doctorando podrá presentar su tesis de doctorado una vez que el Consejo Directivo, a propuesta de la Comisión de Doctorado, apruebe el plan de tesis, y una vez que se dé por cumplida la totalidad de los requisitos oportunamente establecidos.
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