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La demanda de justicia y los reveses de la impunidad. Reflexiones en torno a la construcción de las memorias de los familiares a partir de la judicialización del caso Parcco Pomatambo (Perú). (1)

Aletheia, vol. 1, número 2, mayo 2011. ISSN 1853-3701

Artículo/Kristel Best Urday en PDF

 

Kristel Best Urday*

Universidad Nacional Mayor de San Marcos (Perú) –

 Universidad Nacional de La Plata (Argentina)

Lima – Perú / La Plata – Argentina, 2011.

kristel.besturday@gmail.com

 

 

Resumen

 En el presente artículo se aborda la relación entre justicia y memoria en el Perú en relación al periodo de violencia política. A partir de la Comisión de la Verdad y Reconciliación en el Perú se abrió un proceso de justicia para juzgar los delitos cometidos durante el periodo de violencia política (1980-2000). Específicamente, el análisis aborda el caso de la matanza de Parcco Pomatambo (Vilcashuamán, Ayacucho) perpetrada por dos patrullas del ejército en 1986. Este artículo se centra en la perspectiva, concepciones, impresiones de los familiares en relación a la judicialización del caso y cómo reconstruyen sus memorias a partir del mismo.

 

Palabras claves: Impunidad, Justicia, Memoria, Violación de derechos humanos, Violencia política, Perú

 

 

 

I.          El presente trabajo es un intento de reflexión acerca de la relación entre memoria y justicia en torno al periodo de violencia política en el Perú durante las décadas del ‘80 y ‘90. Durante los años de conflicto armado interno sucedieron diversos y trágicos hechos de violaciones a los derechos humanos. El Estado en muchos lugares del país cometió de manera sistemática crímenes de lesa humanidad y los grupos armados el PCP - Sendero Luminoso y el Movimiento Revolucionario Tupac Amaru (MRTA) ejercieron el terror en la población. Estas dos décadas de violencia política, conflicto armado interno y autoritarismo fueron investigadas por la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) entre los años 2000 y 2003. La CVR estimó que estas dos décadas de violencia armada significaron la pérdida de un aproximado de 69 mil personas. Asimismo, indicó que el 75% de las víctimas tenía al quechua como lengua materna. Es decir, la mayoría de las víctimas pertenecía a la clase social, cultural e históricamente marginada en el Perú, que estuvo sometida a una permanente negación de la ciudadanía. Producto de esta investigación la CVR entregó al país un Informe Final y derivó a la justicia 47 casos específicos sobre violaciones de derechos humanos, 45 han sido presentados al Ministerio Público y 2 al Poder Judicial.

La Comisión de la Verdad y Reconciliación del Perú forma parte del proceso de Justicia Transicional que atraviesa el país. Tal como explica Felix Reátegui, el concepto de justicia transicional es muy reciente y replantea la noción misma de justicia (Reátegui, 2010). La justicia transicional responde a contextos de excepcionalidad en el que se han cometido crímenes contra la humanidad en el marco de gobiernos dictatoriales o de conflictos armados internos. Es una forma de hacer justicia en contextos de transición de un gobierno autoritario a uno democrático o de un conflicto armado al cese del mismo. La justicia transicional no se restringe a la justicia penal, sino que aborda otros planos como el implementar un sistema de reparaciones y en los últimos años ha centrado su discurso en la paz. Sin embargo, el alcance de dicha paz social y política, a veces, implica que la justicia transicional esté sometida a negociaciones en las esferas políticas, que ante el imperativo de favorecer al orden democrático, se sacrifica o deniega las demandas de justicia de las víctimas. De modo que en algunos casos el costo de dicho orden y paz política y social puede ser muy alto, pues puede admitir la impunidad bajo la figura de la amnistía, como ha sido el caso de Chile (2).

Tal como señala Ruti Teitel, las comisiones de la verdad corresponden a un modelo restaurativo de hacer justicia, en el cual se privilegia la búsqueda de verdad por sobre la justicia penal (Teitel, 2003). Asimismo, Kimberly Theidon indica que estos instrumentos a veces responden a concepciones de justicia, perdón o reconciliación ajenas a la realidad implicada, puesto que emergen en el escenario internacional como “modelos predominantes para construir el estado-nación después de periodos sostenidos de violencia estatal” (Theidon, 2004:190). Por otro lado, aunque las comisiones de la verdad no tienen atribuciones judiciales, sí pueden otorgar el marco contextual de los acontecimientos, relevar pruebas (testimonios, documentos, etc.) que aseveren los hechos y pueden otorgar explicaciones históricas, sociológicas, antropológicas, políticas que habilitan y enriquecen la investigación judicial, además de plantear recomendaciones para continuar con la reinstauración del orden democrático. Asimismo, la importancia de una comisión de la verdad radica en que ésta se encarga de investigar exhaustivamente para buscar la verdad de los hechos de violencia y otorga voz pública a quienes durante años no pudieron denunciar ni exigir su derecho a justicia. Estas labores pueden generar en la sociedad un clima de solidaridad, reflexión, identificación y sobre todo de demanda de justicia y, por supuesto, también de polémica y confrontación.

Delitos tan graves no habían tenido precedentes en el Perú en la forma sistemática en que se desarrollaron durante los años del conflicto armado interno, por ello fue necesario contemplar la modificación del sistema judicial peruano para poder juzgar delitos contra los derechos humanos. De tal manera, en el año 2004 se creó el Sub-sistema Penal de Derechos Humanos, se implementó fiscalías en Lima y Ayacucho y se encargó dichos casos a la Sala Penal Nacional.

Respecto al proceso de judicialización de los casos de violaciones de derechos humanos en el Perú se vienen realizando diversos análisis en el plano jurídico. En este sentido, el abogado Carlos Rivera ha realizado un minucioso análisis sobre el estado de los juicios desde el año 2005. Desde ese año al presente el 85% de los acusados han sido absueltos y sólo 15% han sido condenados por sus delitos. Al respecto, Rivera señala que: “Si bien nos estamos refiriendo a decisiones jurisdiccionales no menos cierto es que el gobierno del Presidente García Pérez desde el inicio de su mandato ha desplegado un esfuerzo político permanente y particular en cuestionar –desde las más altas instancias– el proceso de judicialización de este tipo de crímenes. El mensaje político ha tenido siempre un solo objetivo: la liquidación del proceso de justicia”.

De esta manera, la demanda de justicia y la construcción de memorias no se encuentran ajenas a un sentido político de la vida. Pero el inconveniente es cuando tanto la justicia como la memoria son sometidas a intenciones políticas del ámbito oficial, mediante el cual se intenta intervenir o manipular la justicia institucional, la memoria social e incluso el mismo sentido de la política. Tal como señala Jelin, respecto de las tensiones y pugnas de memorias que se dan en el presente: “memoria, verdad y justicia parecen confundirse y fusionarse porque el sentido del pasado sobre el que se está luchando es, en realidad, parte de la demanda de justicia del presente” (Jelin, 2002:39).

Respecto de esta situación, podemos observar cómo los cambios institucionales afectan o propician los procesos de justicia y de construcción de memoria. De este modo, la apertura a la democracia posibilitó, en el año 2000, la creación de la CVR. Actualmente, el retorno del gobierno aprista de la década del ’80 significa la obstaculización de la justicia y el asentamiento de una memoria oficial, arraigada desde el fujimorismo, que heroiza a las Fuerzas Armadas y Policiales.

 

    Artículo Kristel- 1

FOTOGRAFÍA 1: Primero de noviembre en el memorial Ojo que llora.

 

 

III.         Las reflexiones sobre los modos de justicia, las búsquedas de verdad, la construcción de  memorias en el presente artículo se van a centrar en un caso en particular: el caso de Parcco Alto y Pomatambo.

Parcco Alto y Pomatambo son comunidades campesinas que forman parte del distrito de Vilcashuamán, en la provincia del mismo nombre, en el departamento de Ayacucho. En el año 1982 el gobierno dispone que las Fuerzas Armadas dirijan la lucha contrasubversiva. De este modo, para lograr la recuperación territorial se instalan bases militares en las capitales de provincia de la zona declarada en estado de emergencia (3). Posteriormente, Vilcashuamán fue constituida como provincia en el año 1984, durante el conflicto armado interno, lugar en donde se instaló una base militar. En estas comunidades ocurrieron diversos hechos de violencia ejecutados tanto por Sendero Luminoso como por las Fuerzas Armadas, tal como se indica en el Informe Final de la CVR:

“En todo caso, el ingreso de las Fuerzas Armadas a las provincias de Ayacucho, la instalación de bases contrasubversivas y la oposición que pudo entonces manifestarse, aunque inicialmente sin real respaldo, llevaron al PCP Sendero Luminoso a cambiar su relación con las comunidades e incrementaron, como consecuencia, la intolerancia y la coerción. Un círculo de violencia y de muerte empezó a cercar desde ambos bandos a las comunidades. Fue el peor momento de la guerra en las zonas rurales de Ayacucho. El PCP-SL ya no realizaba sólo asesinatos individuales en rituales de juicio popular, sino aniquilamientos colectivos, operaciones punitivas, arrasamientos (muerte, asaltos, violaciones, incendio de viviendas, robos, etc.). Estas operaciones también se realizaron contra pueblos y comunidades por la Marina de Guerra o el Ejército en las zonas bajo su control.” (CVR, 2003:105)

 

    Artículo Kristel -2

 FOTOGRAFÍA 2:  VISTA de Parcco

 

El hecho del que nos ocuparemos en el presente trabajo, ocurrió entre el 22 y 23 de octubre de 1986. En aquella fecha, dos patrullas del ejército peruano ingresaron primero a Pomatambo en donde ejecutaron a un presunto senderista denominado “camarada Caszelli”, luego apresaron a siete personas del lugar, que se encontraban preparando chicha en el local comunitario, y las condujeron caminando de madrugada a Parcco. En Parcco Alto ingresaron a dos casas, en donde torturaron y asesinaron a cinco personas más, finalmente los cuerpos de estas 12 personas, entre las cuales había niños y ancianos, fueron descuartizados, incinerados y desperdigados en una parte del camino, una quebrada que es conocida como Mungas Punko.

La matanza de Parcco Pomatambo se instaló en el ámbito público nacional por medio de un comunicado del Comando Conjunto (el 075 del 24 de octubre) que afirmaba que patrullas del ejército habían dado muerte a 13 senderistas en enfrentamientos durante los días 22 y 23. Sin embargo, días después el periodista Gustavo Gorriti y el fotógrafo Oscar Medrano junto con otros periodistas extranjeros realizaron un reportaje para la revista Caretas (4), el cual tuvo como repercusión la emisión de otro comunicado del ejército, en el cual se retractaba: “Poco después, por primera vez desde el inicio de la guerra interna, el Comando Conjunto emitió el comunicado #87, en el que reconoció implícitamente los asesinatos y responsabilizó a dos jefes de patrulla” (Gorriti, 2010). El reportaje periodístico y las denuncias de algunos pobladores, dieron como resultado que el caso sea investigado por la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de diputados. Ante la cual el presidente del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas únicamente reconoció que se violaron normas internas sobre el tratamiento de los detenidos. Sin embargo, esta comisión no logró hacer efectiva su investigación, puesto que tuvo que lidiar con los obstáculos del poder militar, el cual no les permitió el ingreso a estos pueblos, argumentando que no podían garantizar su seguridad. Posteriormente, en 1987, el caso fue derivado al fuero militar en donde la causa fue sobreseída. De este modo, el caso de Parcco y Pomatambo siguió el curso del archivamiento, acallamiento e impunidad.

                                                                                                              

Artículo Kristel- 3

FOTOGRAFÍA 3 :LOCAL POMATAMBO

 

En el contexto de trabajo de la CVR, en el año 2003, a cargo del Ministerio Público, se realizó la exhumación de los restos. En el mes de junio de 2009, la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional presentó su acusación por el delito de homicidio calificado. Luego de seis años de la exhumación, el 24 de agosto de 2009 se dio inicio al juicio oral (5) en la Sala Penal Nacional en Lima a los mandos militares responsables de la matanza de Parcco Pomatambo: Carlos Armando Bardales Angulo, Jesús Dante Retamal Guerra, Miguel Marco Antonio Becerra Urbina, Roberto Gerardo Espinoza Batistini, Eduardo Segundo Estela Araujo y Agustín Tuya López.

Dentro del proceso judicial, el 11 de junio del presente año el Equipo Peruano de Antropología Forense presentó en la audiencia oral el análisis de ADN de los restos encontrados, mediante el cual pudieron identificar los restos de cuatro personas: Antonio Najarro Soto de 52 años, poblador de Pomatambo; Donato Ramírez Rivera de 84 años, Eugenia Ramírez Castillo de 12 años y Timoteo Bautista Bellido de 21 años, pobladores de Parcco Alto.

He descrito brevemente lo sucedido, han transcurrido más de dos décadas de la matanza y el juicio sigue su curso en un contexto de poca credibilidad del poder judicial y de una fuerte intención de mantener la impunidad por parte del actual gobierno.

 

 

IV.        En enero de 2010 por medio de un amigo (6) conocí a la Sra. Julia Castillo, ella es de Parcco Cucho, que se encuentra en la ribera del río Pampas. Desde un inicio, cuando le conté que estoy haciendo un trabajo de tesis para la universidad, tuvo una muy buena disposición conmigo. Poco a poco tuvimos encuentros en donde conversábamos en su casa en San Juan de Lurigancho o en alguna plaza del centro de Lima. Lo que me contaba se me presentaba como un relato fragmentario e inabarcable por mi desconocimiento, por no saber si lo que preguntaba era correcto o no. En su relato se entrelazaban sus sentimientos, su vida personal, los acontecimientos políticos y de violencia, dimensiones de la vida que no siempre guardan una frontera delimitada. Ella me contaba acerca de la encarcelación de su padre, injustamente acusado de senderista en 1980, la desaparición de su madre en 1984 y de tres hermanos en diferentes momentos, acerca de su huida, es decir, el desplazamiento forzado a Lima, sus primeros años en la capital, la creación de la organización Cofader (7), la formación del grupo de tejedoras en San Juan de Lurigancho, entre tantas otras cosas.

En uno de los encuentros me dijo que estaba yendo a las audiencias del juicio de su hermano, que su cuñada y su sobrina no podían asistir a las audiencias porque viven en Ayacucho y es muy costoso viajar cada semana a Lima, entonces ella iba en representación de su familia. En su momento no entendí bien a qué se refería, además estaba muy enfocada en “mi tema”, que era sobre desplazamiento forzado, así que lo dejé pasar. Pasado un tiempo, ella me invitó a que la acompañara a una audiencia, fue entonces que le pregunté ¿qué había sucedido?, ¿en qué consistía el juicio? De este modo, ella me contó sobre la matanza en Parcco y Pomatambo en octubre de 1986, ejecutada por el Ejército, en la cual perdió a su hermano Lucho (Luis Teodoro Castillo García).

A través de la Sra. Julia Castillo pude conocer a los demás familiares que están involucrados activamente en el juicio. En el presente trabajo analizaré los sentidos y las implicancias que tiene el juicio para los familiares. Entre quienes asisten a las audiencias del juicio se encuentran hijos, hermanos, sobrinos y nietos de las personas asesinadas. Ellos se reúnen para coordinar con los abogados y en el transcurso del juicio han atravesado diversos momentos, en los cuales han estrechado vínculos más próximos entre sí o ha habido desavenencias. Al respecto, considero que es pertinente analizar y tomar en cuenta la perspectiva de los familiares de las víctimas de la matanza, reflexionar acerca de qué les suscita el juicio, qué implicancias tiene para ellos el atravesar un proceso judicial, qué expectativas tienen, cómo ven y narran el pasado, qué es para ellos la justicia, cómo en su trayectoria personal e íntima se traza una periodicidad de la memoria sobre lo acontecido y cómo el juicio propicia de alguna manera y en algunos casos el “fortalecimiento” de los lazos familiares y comunitarios.

 

 

V.         El juicio se presenta como un acontecimiento que implica un cambio en las vidas de los familiares. La mayoría de las víctimas del conflicto pertenecía a la clase social, cultural e históricamente marginada en el Perú, que estuvo sometida a una permanente negación de la ciudadanía. En tal sentido, un proceso judicial implica el reconocimiento de la ciudadanía de estas personas, de su existencia como sujetos de derecho y también implica la posibilidad de que el Estado se responsabilice sobre el daño que les hizo a través de las Fuerzas Armadas y Policiales.

Una de las inquietudes que planteo es acerca de las formas de periodización personal e íntima de la memoria. A través de las conversaciones con algunos de los familiares pude notar etapas que ellos han transcurrido. Sin ánimo de esquematizar, más bien, de plantear ciertos ejes temporales que permiten pensar dichas memorias dentro de marcos históricos. Sin embargo, cabe aclarar que dicha periodización es una interpretación que propongo, no ha sido elaborada por los familiares.

Una primera etapa se desarrolla durante la violencia de la década del ’80; tras la matanza de 1986, algunos familiares asumieron la labor de denunciar ante el Estado lo sucedido y, a pesar, del difícil contexto político, formaron parte de organizaciones como Cofader. Asimismo, varias personas tuvieron que desplazarse a causa de la matanza y de otros acontecimientos de violencia armada en sus pueblos. En aquel momento la Sra. Clotilde (8) ya vivía en Lima, ella perdió a su padre, Antonio Najarro, en la matanza y recuerda que:

 

(…) vinieron tres, que es mi cuñado Federico Fernández, Andrés Gutiérrez, tío Alejandro Pizarro, que en paz descanse, ya falleció hace poco. Los tres se habían escapado caminando por la puna, se habían parado a denunciar acá. Llegaron y nos contó qué había pasado, pero hasta ahí es como un sueño, un cuento que te cuentan, al menos para mí. Hasta ahorita yo pienso que mi papi está vivo y que en cualquier lugar va a aparecer, incluso me soñaba que mi papi estaba en parte de la selva amarrado con soga, me soñaba, ahora ya no, ya no me sueño. Pero ahora me sueño, será por el juicio, que siempre me dice “hijita, no te rindas”, siempre me dice, “hijita, no te rindas, vamos, vamos ya, rápido camina”, siempre, no sé porqué, eso es siempre lo que me sueño (…)

 

¿Usted o la esposa de Lucho presentaron una denuncia?

Sra. Julia: Sí, ha presentado denuncia cuando escuchamos este caso que lo mataron en mi pueblo, acá en Lima los familiares nos juntamos e hicimos denuncias a autoridades, fuimos donde los congresistas para que viajen, todo eso se ha hecho y más los familiares del caso. Había una persona que se llama Yrene Ramírez, a su papá, a su familia de ella, en pueblo de Parcco, a su mamá, a su papá, a su hermano, a dos sobrinitos chiquititos, cinco familias de una sola familia lo mataron, ancianos y niños de Parcco y de Pomatambo es siete. La señora ha viajado con la comisión, ha ido, en cambio yo estaba con miedo, no podía decir nada, pero así hemos salido, así hemos salido (…)

 

Las palabras de la Sra. Clotilde nos permiten pensar, reflexionar sobre lo que implica la desaparición de un ser querido a consecuencia de la violencia política. Estas doce personas fueron torturadas y asesinadas, luego los restos fueron incinerados, desperdigados y enterrados en una quebrada con la intención de no dejar rastros, de concretamente desaparecer los cuerpos de estas personas y así negarles su condición de seres humanos, de su existencia, y también negarles a sus familias la posibilidad del duelo. Sin embargo, estos actos no fueron furtivos, éstos se realizaron a vista de los pobladores, quienes se convirtieron en testigos obligados de la desaparición y quienes tuvieron que obedecer la prohibición de dar sepultura a los restos a pesar de saber donde se encontraban. La dimensión de este crimen se hace incomprensible y la necesidad de respuestas es imperante. De alguna manera, aquella vida paralela, la vida onírica, posibilita la presencia del ser querido, se concreta el deseo de que esté con vida, tal vez esperando en algún lugar. En el contexto actual del juicio los sueños cambian, la presencia es de compañía, aliento, apoyo, ya no de auxilio.

Por otro lado, la denuncia se inscribe como el inicio de la lucha por exigir la verdad respecto de la matanza y por recuperar los restos de sus familiares. La denuncia se realiza en un contexto de miedo y en el que la vida corre peligro. La Sra. Yrene Ramírez, quien perdió a su padre, madre, hermano y dos sobrinos en la matanza, vivía en Lima y desde un inicio se entregó a la búsqueda de verdad. Ella me contó que al recibir la aciaga noticia, al día siguiente emprendió el viaje a Parcco, en donde sólo pudo permanecer una tarde. Allí ella pudo escuchar a sus familiares y vecinos relatar lo sucedido y tomó fotografías de los rastros de la matanza. La Sra. Yrene al recordar estos sucesos se pregunta cómo tuvo la fuerza de emprender esa lucha, ella dice de sí misma que siendo tan sólo ama de casa, trabajadora, sólo con estudios primarios se convirtió en fotógrafa y “periodista”. Puesto que, tras registrar fotográficamente y recabar los testimonios de los pobladores de Parcco, ella retornó a Lima y tomó contacto con el periodista Gustavo Gorriti de la revista Caretas, quien días después viajó a la zona y pudo investigar lo sucedido. De este modo, el caso de Parcco Pomatambo no se perdió en el silenciamiento y ocultamiento.

En una segunda etapa, tras la falta de respuesta por parte del Estado y por la asunción del fujimorismo, varios de los familiares se auto-impusieron el olvido y silencio. El periodo fujimorista se caracterizó por una dura política contrasubversiva, por el ejercicio de una fuerte represión y autoritarismo hacia la población. Por otro lado, durante el fujimorismo se asentó y profundizó el estigma de senderistas, “terrucos” o terroristas a los opositores del régimen y a los familiares de las personas asesinadas o desaparecidas. De este modo, se debilitaba y deslegitimaba su demanda de justicia. Al respecto, la Sra. Julia recuerda que la semana del autogolpe de abril de 1992 el ejército realizó batidas en su barrio, el asentamiento humano José Carlos Mariátegui en San Juan de Lurigancho (9), ante lo cual ella tuvo que enterrar en su cocina todos los documentos y recortes de prensa que guardaba. Además, durante este periodo, el olvido y silencio también surge a partir de la necesidad de reconstruir sus vidas. Por su parte, Josefina Ramírez (10) recuerda que entre toda su familia intentaron que su hermano menor, quien fue testigo de la masacre con apenas 4 años de edad, olvide lo sucedido:

Sra. Josefina: (…) inclusive que se olvidara, porque cuando era chiquito decía que él iba a ser militar y que iba a matar gente y yo tenía miedo, pues. Porque él se quedó con 5 años, a mis manos llegó a la edad de 6 años, lo que hecho es que se olvidara todo, que había pasado todo. Inclusive que yo no había nacido en Ayacucho, yo decía, porque odiaba, había llegado un momento que odiaba ese pueblo. ¿Por qué pasó tantas cosas? Pero después no, volví, volví, hice mi casa, porque todo se derrumbó, ya no teníamos casa, ya no teníamos nada, ahora tengo mi casa.”

En cierto modo, el olvido y el silencio fueron el resquicio para sobrevivir ante tanto dolor. Por otro lado, como señala Michael Pollack, “el silencio tiene razones complejas”, puesto que una persona para que pueda relatar su experiencia precisa de una escucha (Pollack, 2006), que social y políticamente no estaba habilitada durante esos años. Si bien, la Sra. Josefina no fue testigo de lo sucedido, ha atravesado la pérdida y desaparición de su padre y hermanos, situación que afecta su identidad. Ella siente la necesidad de olvidar su lugar de origen, en donde ocurrieron los hechos de la violencia política. Precisamente porque recuerda, porque no le es posible olvidar, se propone negar parte de su identidad como forma de sobrevivencia y de poder reconstruir su vida, el negarse a sí misma y a los demás que es de Ayacucho, lugar estigmatizado y que le ha generado tanto dolor. 

Una tercera etapa puede corresponder al retorno a la democracia y a la creación de la Comisión de la Verdad y Reconciliación. Contexto en el cual se otorgó la posibilidad de hablar, de volver a denunciar, e incluso de rememorar en el ámbito íntimo y público. Tal como Dante Ramírez (11), hermano de Josefina, relata acerca del distanciamiento que hubo entre sus hermanos durante muchos años:

Dante: (…) habiendo tanto tiempo atrás para vernos, para conocernos y no haberlo podido hacer, ¿quién sabe, no? Por miedo o por resentimiento, qué sé yo, ¿no? Y ahora que estamos en la audiencia, ahora que estamos en el juicio mi hermano me llama, la llama mi otro hermano “¿cómo estás hermanita?, te estoy mandando los papeles”. O sea que, como que nos hubiera juntado una madre, que hubiera dicho “ya saben qué, por qué están así, júntense” y nos sentimos bien porque mi hermano viene, nos ponemos a ver videos musicales, estamos y para qué es diferente a lo que era antes, pero no hay esa dicha de ser felices completamente.

En la actualidad el juicio oral que se está llevando a cabo en la Sala Penal Nacional desde agosto de 2009, ha propiciado el reencuentro y acercamiento entre los familiares de las personas desaparecidas. Entre ellos hay vínculos de parentesco y comunitarios, son paisanos por pertenecer a los mismos pueblos. En la espera de inicio de la audiencia se comparte las preocupaciones acerca del caso, se comparte los sentimientos de angustia o de ansiedad, pero además se genera un sentido de la solidaridad y de protección mutua. En definitiva, la instancia judicial es algo excepcional para los familiares, tal como Dante lo expresa: la justicia se presenta como si fuese una madre que los hubiera juntado.

En el mismo sentido, una sala judicial es un espacio fuera de nuestra cotidianidad, este lugar nos genera inquietudes y posibilita experiencias inimaginables, como el encuentro entre los victimarios con los familiares de las víctimas.

¿Ustedes cómo recibieron la noticia del inicio del juicio? Porque ya han pasado varios años desde lo sucedido.

Sra. Josefina: Primero yo no creía porque, mire ve, la Marcha de Sacrificio, que se llamó la última vez, vinieron de todo sitio y parecía mentira, éramos un montón, y ya mi tía [la Sra. Yrene] que vino de la sierra dijo “miren mi pie cómo está, estoy enferma (…) ya última vez que hago este sacrificio”. (…) Me llaman para una reunión, (…) era que yo tenía que ir a Palacio de Justicia. Entonces no podía creer porque yo me fui con mi buzo y no me dejaban entrar, y mi pareja me dice que hay que llamar al abogado para que puedas escuchar y lo llamó a la abogada y ella me dejó entrar. Entonces al escuchar ese rato me puse mal, o sea, veía a los señores y me sentía mal y bien, o sea, me sentía de otra forma. Dije al menos conocí quiénes son, igual que yo, carne y hueso, todo y están bien, y era horrible porque empezó a narrar y decir que ellos estaban siendo juzgados por esto, por esto, por esto, y era increíble. Llegué a casa de vuelta empecé a llamar a mis tíos, a mis tías, a mis hermanos, a todo el mundo, ¿porqué no habían ido?, ¿qué había pasado? Porque tantos años que hemos esperado y comenzó y no habían ido, y de ahí estamos ya todos unidos, estamos ya creo que cuatro meses, cinco meses nos vamos, siempre unidos con mis tíos, más que nunca. (…)

Al momento de la matanza la Sra. Josefina ya vivía en Lima, había huido de su pueblo a la edad de 12 años, luego de que su madre la rescatara del reclutamiento forzado de Sendero Luminoso. En Lima atravesó muchas vicisitudes para poder sobrevivir, trabajó como empleada doméstica y no pudo concluir sus estudios escolares. Un año después de la matanza, su madre y su hermano de 16 años fueron asesinados por Sendero Luminoso en un ajusticiamiento popular, puesto que el joven se negaba a ser reclutado por el partido. Tras estos sucesos ella logró recuperar a su hermano menor de 5 años y se hizo cargo de su crianza. Actualmente la Sra. Josefina tiene 40 años, al momento de preguntarle sobre el juicio, ella hace referencia a los años de lucha que lo han antecedido, mencionando una trayectoria de organización a través de una actividad emblemática: la Marcha de Sacrificio. Asimismo, en sus palabras podemos notar que el juicio se inicia en un momento de cansancio, agotamiento por tantos años de demanda de justicia. Por ello son pocos los asistentes en la primera audiencia, momento en el cual ella pudo presenciar la existencia real de quienes ejecutaron el crimen, sorprendiéndose de la condición de personas, de seres humanos de “carne y hueso” como ella.

Sra. Josefina: (…) Al menos yo me he contentado porque he visto que algunos dicen mentiras, a veces nos hacen llorar, me siento mal, porque cómo ellos pueden decir que no lo vieron, no supieron o eran terroristas dispararon, ellos nunca pudieron hacer eso, nunca, porque la humillación era de los dos, cualquiera de ellos que llegaban teníamos mucho miedo, era una cosa horrible porque no sabías qué hacer, ni qué decir, ni a dónde ir. Y estoy más contenta porque veo que alguna vez lo vi y se supone que ellos al menos se pondrán a pensar, decir: “habían tenido sus hijos, tienen sus hijos”. A veces quiero preguntarles, decirles: ¿por qué?, ¿qué pasó? Que nos digan, simplemente eso, y ahora, de repente, a veces digo no los juzgarán… sus hijos llorarán igual que nosotros, porque nosotros hemos sufrido mucho y seguimos sufriendo (…)

La semejanza que ella encuentra entre los victimarios y ella de ser de “carne y hueso” hace que comprenda menos lo sucedido. Asimismo, se presenta la necesidad de que los acusados digan la verdad, que no sólo se refiere a describir los hechos y a afirmar la asunción de los mismos, sino a que digan por qué lo hicieron. Por otro lado, surge el sentimiento de compasión por lo que podrían sufrir los hijos de los perpetradores. Puesto que ella, a partir de su experiencia, se sitúa en el lugar de hija, en la falta y dolor que sintió al perder a su padre. La Sra. Josefina nos expresa sentimientos de compasión, de semejanza, hasta cierto punto de identificación con el posible dolor que pueda generar el juicio en las familias de los acusados. Aunque ella cobije estos sentimientos, los acusados no se retractan, no develan la verdad, se encubren entre sí y deslindan responsabilidad.

Entonces, respecto del rol de la justicia transicional dejo pendiente las posibles respuestas a algunas preguntas: ¿cómo puede ser posible la reconciliación en circunstancias como éstas?, ¿la reconciliación es una preocupación de los perpetradores?, ¿los familiares de las víctimas desean la reconciliación, en todo caso, qué entienden por reconciliación, perdón, verdad, justicia?

 

 

VI.        La primera etapa de realización de entrevistas y asistencia a las audiencias del juicio la realicé en el verano de 2010, momento en el cual el juicio aún se encontraba en la etapa de las declaraciones de los testigos y aún los familiares sostenían la posibilidad de un resultado favorable a su demanda de verdad y justicia. En septiembre de 2010 retomé la asistencia a las audiencias, el proceso judicial se encontraba en la etapa de lectura de piezas, en la cual cada parte presenta las pruebas escritas planteadas en el transcurso del juicio para argumentar la acusación o la defensa (12). Precisamente, los últimos meses del juicio fueron de mucha tensión, no sólo por la proximidad de la sentencia, sino porque el 31 de agosto de 2010 el Poder Ejecutivo aprobó un grupo de decretos ley, entre los cuales se encontraba el decreto ley N° 1097 (13). Este decreto, en realidad, era una “amnistía encubierta”. Beneficiaba a los miembros de las fuerzas armadas o policiales implicados en violaciones de derechos humanos durante el periodo de violencia política (1980-2000) de la siguiente manera: se planteaba que los procesos penales que no cumplían con los plazos procesales serían sobreseídos parcialmente, retirando a los acusados de las causas judiciales. Sin embargo, la investigación y el proceso judicial podrían continuar pero con otros acusados. Otro aspecto, es que sólo se podrían juzgar delitos acontecidos después de noviembre de 2003, año en que entró en vigencia la adhesión del Estado peruano a la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad. De este modo, a través del decreto 1097 se pretendía legalizar y consolidar la impunidad.

Las organizaciones de familiares y de derechos humanos salieron a las calles, realizaron marchas, plantones y vigilias en el Palacio de Justicia exigiendo la derogación de este paquete de decretos. Durante esas semanas los procesos judiciales corrieron peligro de ser sobreseídos, ya varios acusados empezaron a instrumentar el decreto. Finalmente, no tanto por la presión social, sino más bien por la intervención de Mario Vargas Llosa, quien presentó su renuncia a la presidencia del Lugar de la Memoria, este decreto fue derogado por el Poder Legislativo el 14 de setiembre de 2010. Una vez más el presente gobierno demostró su indiferencia ante los familiares, obviándolos como interlocutores y sólo respondiendo ante la demanda de un ciudadano ilustre.  

El 22 de noviembre fue el día del dictado de la sentencia. Los familiares decidieron realizar una vigilia para unir fuerzas y hacer público el caso. Desde el mediodía empezaron a llegar a la entrada de la Sala Penal Nacional, ubicada en el Centro de Lima, poco a poco se fueron colocando las fotografías de sus seres queridos en el pecho, además de colocar en el centro de la ronda una balanza con flores y velas. Cuando se dispuso iniciar la vigilia, un señor vigilante, que no se identificó, nos dijo que estaba prohibido, tampoco nos explicó el por qué de la prohibición. Se le explicó que era una vigilia pacífica y se continuó con la misma.

Al poco rato llegó un grupo de hombres, miembros de una asociación de discapacitados del Ejército, quienes extendieron una pancarta (a nosotros se nos había señalado con anterioridad que no estaba permitido el uso de pancartas). La pancarta tenía imágenes de héroes nacionales y un mensaje que concluía así: “[…] que lucharon por la paz, la democracia y los altos intereses del Perú”. Me pregunto si su condición de discapacitados justifica que el Estado peruano mediante las Fuerzas Armadas haya violado sistemáticamente derechos humanos durante el conflicto armado interno. Considero, que si bien ellos fueron afectados física y emocionalmente durante el periodo de violencia, su condición de víctimas no tiene que descalificar o negar la condición de víctimas de quienes fueron torturados/as, asesinados/as, desaparecidos/as por las propias Fuerzas Armadas. Su presencia fue intimidante y claramente había una intención manipuladora por detrás: trastocar la verdad, victimizar a las Fuerzas Armadas.

Los familiares atravesaron mucho agotamiento debido a la espera de dos horas para ingresar a la sala. Durante la espera, este grupo de militares discapacitados intentó apropiarse del espacio, utilizando su condición de discapacitados adujeron que ellos debían ingresar primero a la sala. De esta manera el ingreso se tornó una pugna, puesto que los empleados del poder judicial indicaron que ingresarían únicamente 45 personas a la sala, y éramos alrededor de 110 personas esperando. A pesar de la prepotencia de este grupo, los familiares se mantuvieron dignos y gracias a la firmeza de la abogada y de otras personas se consiguió que todas las personas ingresaran a la sala y que en primer lugar lo hicieran los familiares de desaparecidos.

 

                       Artículo Kristel - 4

FOTOGRAFÍA 4: Vigilia antes de la sentencia en la entrada de la Sala Penal Nacional.

 

La Sala Penal Nacional (SPN) dictó sentencia del caso Parcco Pomatambo, tras 1 año y 3 meses de juicio oral, tras 24 años de exigir verdad y justicia. La decisión de los magistrados fue la absolución de los cuatro acusados presentes, aduciendo que no había pruebas directas que corroboraran su participación fehaciente en el crimen.

En la acusación fiscal se solicitó 20 años de cárcel efectiva por asesinato y se señalaba que el asesinato se enmarcó dentro de un plan sistemático de violación de derechos humanos. Sin embargo, la sentencia fue absolutoria y presentó diversas incoherencias. Por un lado, se afirma que no hubo un enfrentamiento armado entre las Fuerzas Armadas y Sendero Luminoso, confirmando el delito de asesinato y la existencia de un plan operativo que guió este accionar. Por otro lado, los magistrados se desdicen al indicar que el asesinato fue tan sólo un “exceso” y atribuyeron la responsabilidad del crimen a los miembros de la tropa, eximiendo de toda culpa a quienes tuvieron la capacidad de mando y decisión. Tal como señala el abogado Carlos Rivera: “Lo más grave es que la SPN construyó en estas sentencias criterios jurisprudenciales que señalan muy claramente que los jefes no son responsables de los crímenes que ordenan, y que asesinatos masivos como el de Parcco y Pomatambo son simplemente excesos del personal militar.”

En el plano jurídico se impuso la impunidad, que no es casual, teniendo en cuenta que el crimen juzgado fue realizado durante el primer periodo de gobierno del actual presidente. Respecto de la sentencia, la abogada Gloria Cano escribe: “Irene Ramírez, hija de Donato e Hilda, los dos ancianos asesinados en Parcco, dijo con sumo dolor tras conocer la sentencia, que habían asesinado por segunda vez a sus padres, pero que esta vez los responsables fueron los jueces. Para los familiares de las víctimas, indignados e impotentes, el fallo de ayer sólo consagró la impunidad”.

En tal sentido, respecto del impacto de la impunidad en los familiares de las víctimas son pertinentes las palabras de Carlos Martín Beristain: “Desde una perspectiva psicosocial la justicia ayuda a los familiares a que se reconozca el valor de las víctimas, así como restablecer la relación de confianza con el Estado basada en el respeto a los derechos humanos. La impunidad supone no solo un nuevo impacto para las víctimas y sus familiares, sino que les excluye de la historia del país y contribuye a mantener el poder de los perpetradores.” (Berastain, 2008:13)

Asimismo, Nelson Caucoto y Manuel Garretón consideran que la impunidad no sólo es un tema judicial, es también cultural, histórico y político. Un signo de la impunidad interiorizada en nuestra sociedad fue la ausencia de los medios de comunicación que difundan masivamente el proceso de los juicios por violaciones de derechos humanos. Lo que indica el desinterés que hay por posicionar este tema dentro de una agenda política y social o, más bien, explicita la clara intención de borramiento o invisibilización de nuestra pasado reciente y evidencia cómo las víctimas continúan ocupando un lugar marginal en nuestra sociedad.

Pese a este contexto adverso, es importante resaltar otros aspectos. Los familiares de otros casos asistieron a la vigilia y a la lectura de sentencia, en donde se respiró un aire de solidaridad. Al finalizar el juicio, ellos con sus gestos y palabras intentaron alentar a los familiares del caso Parcco Pomatambo, para que no se desmoralicen ni decaigan. Su presencia fue indispensable, pues ante tanta injusticia es necesario sentirse acompañado, saber que no se está solo en esta búsqueda de justicia, verdad y dignidad. Entre la presencia de los familiares, fue muy importante y emocionante la asistencia de Mama Angélica, mujer emblemática en la defensa de los derechos humanos, junto con cuatro señoras más de Anfasep. Ellas viajaron desde Ayacucho a Lima únicamente para escuchar la sentencia, para decir aquí estamos, seguimos firmes en este recorrido a pesar de los años transcurridos y nuestra voz será oída.

 

 

VII.       El presente trabajo es una aproximación que permite pensar acerca de la relación entre la construcción de la memoria, la narración de la historia y la demanda de justicia; una breve reflexión acerca de cómo a partir de una situación límite durante la violencia política en el Perú, cómo los familiares, que en algunos casos fueron testigos, conviven con el dolor y construyen una memoria al respecto y recomponen su identidad.

Otro aspecto pendiente a reflexionar es la relación de los familiares con el espacio judicial y con el procedimiento jurídico. El espacio judicial es un lugar fuera de la cotidianidad, es un lugar de tensiones acalladas, que tiene sus propias reglas de comportamiento y en donde se concentra el poder de develar la verdad, hacer justicia y no permitir la impunidad. Sin embargo, es importante pensar acerca de cómo se conceptualiza la verdad y la justicia desde una mirada jurídica, que tal vez no sea la misma que la de los familiares o la de la sociedad.

 

 

Notas

 

(1)                Agradezco la lectura y observaciones de Jo-Marie Burt, Natalia Cabanillas y Matías Manuele. Este artículo es una reflexión inicial como parte de la elaboración de la tesis de maestría.

(2)                En 1978 el gobierno dictatorial decretó una autoamnistía que fue corroborada en 1990 por la Corte Suprema de Chile.

(3)                En un inicio Ayacucho y parte de Huancavelica y Apurímac fueron declarados en zonas de emergencia.

(4)                El reportaje fue realizado en noviembre de 1986, 24 años después Gorriti escribe sobre el caso: “La cobertura periodística en Ayacucho era entonces muy difícil, y no solo por el peligro. Por más que cueste creerlo ahora, los periodistas estábamos prohibidos de salir del casco urbano de Ayacucho sin autorización del comando político-militar”.

(5)                La parte civil está patrocinado por organismos no gubernamentales: CEAS (Comisión Episcopal de Acción Social) y Comisedh (Comisión por los Derechos Humanos).

(6)                El sociólogo Emilio Salcedo.

(7)                 Comité de Familiares de Detenidos, Desaparecidos y Refugiados (COFADER) fundado en Lima en 1984. En 1983 se fundaba la Asociación Nacional de Familiares de Secuestrados, Detenidos y Desaparecidos del Perú (ANFASEP) en Ayacucho. 

(8)                 Entrevista realizada en Lince - Lima el 22 de febrero de 2010.

(9)                 Distrito ubicado en el Cono Norte de Lima, conformado en su gran mayoría por pobladores provenientes de los andes por causa de la violencia. Actualmente cuenta con más de un millón de habitantes.

(10)              Entrevista realizada a Josefina Ramírez Castillo el 9 de marzo de 2010 en Huáscar - San Juan de Lurigancho - Lima. En la matanza, Josefina y Dante perdieron a su padre Reynaldo Ramírez Buitrón, a su hermana Eugenia de 12 años y a su hermano Mario de 6 años. Un año después su madre Francisca Castillo Gamboa  y su hermano Arturo de 16 años fueron asesinados por Sendero Luminoso porque Arturo se negaba a ser reclutado por el partido.

(11)              Entrevista realizada a Dante Ramírez Castillo el 9 de marzo de 2010.

(12)              Las declaraciones de los testigos si bien son orales, una vez transcritas al acta se convierten en pruebas escritas que pueden presentarse como pieza.

(13)              Desde julio de 2010 el Congreso de la República delegó al Poder Ejecutivo la facultad de “legislar, entre otras materias, respecto a la dación de normas procesales y penitenciarias relacionadas exclusivamente al personal militar y policial que ha sido procesado o condenado por delitos que implican violación de derechos humanos.” Cita del Decreto 1097. El paquete de decretos estaba conformado por los DL Nº 1094, 1095, 1096 y 1097. Por ejemplo, el decreto 1095 apunta a criminalizar la protesta, permitiendo la intervención de las fuerzas armadas en las protestas sociales.

 

 

Bibliografía                     

 

Burt, Jo-Marie. “La justicia denegada”. 2010/12/01. En: http://www.noticiasser.pe/01/12/2010/contracorriente/la-justicia-denegada-otra-vez

 

Cano, Gloria. “Asesinando la verdad”. 2010/11/23. En: http://www.aprodeh.org.pe/aprodeh2009/index.php?option=com_content&view=article&id=729:asesinando-la-verdad&catid=35:noticias&Itemid=41

 

Comisión de la Verdad y Reconciliación. 2003. Informe Final. Tomo I, Capítulo 2: “El despliegue regional”. Lima: UNMSM y PUCP.

 

Gorriti, Gustavo. 2010. “Memorias de Pomatambo”. Caretas. Nº 2130. En: http://idl-reporteros.pe/2010/05/20/memorias-de-pomatambo .

 

Grupo de Trabajo de Salud Mental de la CNDDHH. 2008. Juicio a Fujimori: Subjetividades, negación y juegos del poder. Lima: CNDDHH.

 

Jelin, Elizabeth. 2002. Los trabajos de la memoria. España: Siglo Veintiuno Editores.

 

Memoria abierta. Justicia para la Democracias. El quiebre de la impunidad en Argentina y Chile. Santiago de Chile, 30 de septiembre de 2008.

 

Pollack, Michael. 2006 Memoria, Olvido, Silencio. La producción social de identidades frente a situaciones límite. La Plata: Al Margen.

 

Reátegui, Félix. 2010. “Comisiones de la verdad y justicia transicional”. En: Quinteros, Víctor Manuel (coordinador). Judicialización de violaciones de derechos humanos: aportes sustantivos y procesales. Lima: IDEHPUCP.

 

Rivera Paz, Carlos. “El estado del proceso de judicialización de graves violaciones a los derechos humanos en el Perú”. 2010/07/22. En: http://www.justiciaviva.org.pe/notihome/notihome01.php?noti=333

 

Rivera, Carlos. 2010. “El año del 1097”. Revista Ideele. Nº 205. En: http://www.revistaideele.com/idl/node/813

 

Teitel, Ruti. 2003. Genealogía de la Justicia Transicional. Artículo traducido al castellano y puesto en línea por el Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. En: www.cdh.uchile.cl/Libros/18ensayos/Teitel_Genealogia.pdf

 

Theidon, Kimberly. 2004 Entre prójimos. El conflicto armado interno y la política de reconciliación en el Perú. Lima: Instituto de Estudios Peruano.

 

Decreto Legislativo 1097.

En: www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/DecretosLegislativos/01097.pdf

 

 

* Nacida en Lima - Perú en 1981. Estudió Literatura en la UNMSM y está finalizando la Maestría en Historia y Memoria de la UNLP. Ha realizado el diploma virtual de Lectura, escritura y educación en FLACSO – Argentina. Ha realizado investigaciones de historia y tradición oral en la Ex - hacienda San Agustín en el Callao y en la comunidad campesina Rancas en Pasco. Actualmente, vive en La Plata en donde se dedica a la literatura infantil y a la realización de la tesis de maestría sobre el periodo de violencia política en el Perú. 

 

 

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